Un compañero nuestro nos aporta la normativa de la Diputación al respecto de la fiscalidad de las EPSV a partir del 1-1-2014 y os la publicamos por si es de vuestro interés.
Un compañero nuestro nos aporta la normativa de la Diputación al respecto de la fiscalidad de las EPSV a partir del 1-1-2014 y os la publicamos por si es de vuestro interés.
Estas explicacicones siempre vienen muy bien, de cara a tener los conceptos claros. Gracias por el trabajo
Buenos días,
Aunque sé que este asunto ya se ha comentado, y que por la vía de la Hacienda Foral no tenemos nada que hacer, creo que podríamos replantearnos llevar por la vía Judicial la reclamación de que se separe la parte de capital (renta de trabajo) de la de los intereses generados (renta de capital) al hacer la declaración del IRPF.
El argumento es defendible, aunque hoy la Normativa Fiscal no lo contemple así.
Por otra parte, imagino que como Asociación no nos supondría un coste elevado a cada miembro, y de ganar el pleito, el beneficio merecería la pena.
Saludos, fl